El seguro de desempleo es un sistema de protección social para las personas que han perdido su empleo; los beneficiarios pueden acceder al Seguro por un plazo no mayor de seis meses, cada dos años.
Siempre y cuando justifique ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social el cumplimiento de los requisitos y las obligaciones previstas, en la convocatoria respectiva y demás disposiciones administrativas.
El monto del Seguro de Desempleo asciende a 30 días de Salario Mínimo General Vigente y será entregado mensualmente al beneficiario.
Dentro de los objetivos del Seguro de desempleo es otorgar un derecho económico a los beneficiarios bajo ciertas condiciones establecidas.
El derecho al Seguro de desempleo es de carácter personal e intransferible y puede ser otorgado a las personas desempleadas que sean mayores de edad que residan en el Distrito Federal; que hayan laborado previamente a la pérdida del empleo, para cualquier persona física o moral con domicilio fiscal en la Ciudad de México por lo menos durante seis meses.
Que la persona no perciba otros ingresos económicos como: Jubilación, pensión o subsidio o relación laboral diversa. Y cumplan con el resto de los requisitos establecidos por la Ley.
Los beneficiarios del Seguro de Desempleo se encuentran obligados a entregar la documentación e información a efectos del otorgamiento. Se deberá realizar una carta compromiso en la que se adquiere el derecho a recibir las prestaciones por desempleo en lapso y condiciones que son determinadas por la Secretaría.
Es importante solicitar la baja en las prestaciones por desempleo cuando se presenten situaciones de suspensión o se dejen de reunir los requisitos necesarios para su percepción.
Así mismo comunicar de manera inmediata si se realiza un cambio de domicilio.